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Corte de Valparaíso revoca resolución que cerró investigación contra el Presidente por foto sin mascarilla en Cachagua

En fallo unánime, el Tribunal de alzada porteño acogió el recurso de apelación deducido por la parte querellante y anuló la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de La Ligua, el pasado 30 de marzo.

13 de Abril de 2021 | 17:45 | Redactado por María Cristina Romero, Emol
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Aton Chile/ Archivo.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó la resolución que cerró la investigación contra el Presidente Sebastián Piñera por una eventual infracción sanitaria, luego de que en diciembre pasado se difundiera una fotografía del Mandatario sin mascarilla en una playa de Cachagua, en la comuna de Zapallar.

La acción generó una serie de cuestionamientos de la opinión pública e incluso llevaron al propio Mandatario a autodenunciarse ante la Seremi de Salud de Valparaíso y que se presentara una querella en su contra.

De esta forma, la Corte revocó la resolución que declaró ajustado a derecho la solicitud del Ministerio Público de aplicar principio de oportunidad respecto de investigación iniciada por querella en contra el Mandatario, por el delito de infringir normas de higiene y salubridad.

En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada porteño, acogió el recurso de apelación deducido por la parte querellantes y anuló la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de La Ligua, el martes 30 de marzo recién pasado.

Al respecto, el presidente de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, ministro Pablo Droppelmann Cuneo, explicó que "la Corte revocó la resolución del Juzgado de Garantía por defectos en el procedimiento, porque no se habría respetado lo dispuesto en al artículo 174 del Código Procesal Penal, ese artículo le otorga al querellante un plazo de 10 días para oponerse a lo solicitado por el fiscal y ese plazo no se le dió. Por eso, la Corte deja sin efecto la resolución y le ordena al juez que se respete dicho plazo, para que una vez vencido, un juez no inhabilitado se pronuncie respecto de la solicitud de la Fiscalía".

Ante esto, la Fiscalía Regional de Valparaíso, manifestó que "la decisión de la Corte reparó en un aspecto procedimental, ordenando al Tribunal antes de resolver sobre la decisión comunicada por la Fiscalía, notificar a los intervinientes para que pudieran formular sus objeciones. De esta manera, no ha habido un pronunciamiento de fondo sobre el término de la causa".

De acuerdo a la Defensoría Penal Pública, el principio de oportunidad corresponde a lo siguiente: "El fiscal no continúa adelante con la investigación, cuando los hechos denunciados no comprometan gravemente el interés público y se cumplen ciertos requisitos legales respecto de la pena. Para ello el fiscal al tomar la decisión de oportunizar debe tener en cuenta la incidencia en la vida futura del imputado. No se podrá iniciar nuevamente una investigación por los mismos hechos".
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