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Fondo Solidario Municipal: Gobierno detalla a qué pueden destinar comunas más de $80 mil millones para combatir pandemia

En una minuta que se está socializando con las alcaldías, la Subdere aclara las ayudas y acciones que pueden efectuar con estos dineros, evitando así que se usen para otros fines. 

22 de Mayo de 2020 | 14:24 | Por María Cristina Romero, Emol
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El subsecretario de Desarrollo Regional, Claudio Alvarado.

El Mercurio/ Archivo.
SANTIAGO.- "Destinación de los recursos entregados mediante del Fondo Solidario Municipal", así se titula una minuta interna de cinco páginas elaborada por la Subsecretaría de Desarrollo Regional (Subdere), donde se detallan las ayudas y acciones que pueden efectuar los municipios con los $80.960 millones que les fueron transferidos por el Gobierno el pasado miércoles.

Los dineros que fueron depositados ese día en su cuentas bancarias, tienen como objetivo que puedan ser usados para enfrentar los efectos generados por la pandemia del coronavirus en el país.

La idea, según se señala en el documento, es con estos fondos "atender emergencias sociales, proporcionando a los municipios recursos para ser destinados a realizar ayudas sociales de diferente origen y naturaleza, así como otros gastos propios de la operación municipal para el combate de la pandemia".

La aclaración no es menor, considerando que desde el Ejecutivo reconocen una cierta preocupación por la correcta utilización de estos dineros. De hecho, en una entrevista con CNN Chile, el subsecretario de la Subdere, Claudio Alvarado, fue consultado por si las acaldías no podrían usar los fondos para pagar sueldos o hacer transferencias a alguna repartición.

"Si así sucediera sería lamentable, en orden a que el objetivo y origen de este fondo es inyectar recursos para ayuda social a los municipios. Además, este gasto está sujeto a rendición de cuentas, a través de la circular número 30 de la Contraloría General de la República, que exige el buen uso de estos recursos públicos", respondió Alvarado.

¿En qué se pueden gastas los dineros?

Según se aclara en la minuta, los fondos entregados a cada municipio pueden ser usados en ayuda social en alimentos, se excluye comida para funcionarios u otros servidores municipales, para el área salud en exámenes médicos, artículos de aseo y elementos de apoyo a discapacitados o personas con dependencia.

También se pueden usar para ayudas relacionadas con la vivienda como el pago de hospedajes, arriendos, servicios funerarios, pago de servicios básicos, traslados y otros gastos de naturaleza similar, "destinado a mejorar las condiciones de vida de población vulnerable o en necesidad manifiesta". Todo en el marco de la pandemia.

Asimismo, se incluyen compras de textiles, vestuario y calzado, asociado a elementos de protección vinculados con la pandemia para funcionarios municipales.

Así como materiales de uso y consumo corriente, tales como productos químicos y farmacéuticos, materiales y útiles quirúrgicos, de aseo, productos elaborados de cuero, caucho y plásticos, tales como bolsas de polietileno y artículos de plásticos varios para el embalaje.

Además, se incluyen servicios de aseo extraordinarios para la contratación de servicios de limpieza, lavandería y desinfección, servicios de vigilancia para el refuerzo de la seguridad de centros de acopio y/o de primera necesidad. Junto a esto se consideran, pasajes, fletes y bodegajes, por concepto de movilización, locomoción, mudanzas, transportes de equipos destinados a la atención de personas afectadas por la crisis sanitaria.

Además, se pueden usar en combustibles y lubricantes, para el consumo de vehículos y maquinarias destinados a la atención de la pandemia. A esto se suman arriendo de mobiliario, máquinas, equipos y otros destinados a la atención de la emergencia. Y gastos menores, con excepción de remuneraciones, necesarios para la atención de la emergencia.

En el texto, se agrega, que estos recursos, "solo pueden utilizarse para gastos que se generen a partir del día 19 de mayo de 2020 y que correspondan a cuestiones derivadas de la emergencia sanitaria provocada por el covid- 19". A la vez que se precisa la forma y plazos en que las municipalidades deben realizar rendiciones de los recursos transferidos.
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