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Actividad minera, energía y territorio marítimo: Las normas de Medio Ambiente que hoy cierran el debate en el Pleno de la CC

A las 10.00 horas, el pleno dio inicio a la última sesión de debate constitucional para luego votar el informe de segunda propuesta de norma constitucional de la comisión de Medio Ambiente.

14 de Mayo de 2022 | 12:04 | Redactado por Daniela Toro, Emol.
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El pleno vota hoy el último informe de la Comisión de Medio Ambiente.

Convención Constitucional.
A las 10.00 horas de este sábado, el Pleno de la Convención Constitucional dio inicio a su última sesión de debate constitucional, correspondiente a la revisión y posterior votación del informe de segunda propuesta de norma constitucional de la Comisión de Medio Ambiente.

El informe deriva de las normas rechazadas en la votación particular de su informe de pasado 7 de mayo.

Dos días después, la comisión en cuestión votó 279 indicaciones en particular, organizadas en tres bloques temáticos: Estatutos de Bienes Comunes Naturales Modelo Económico y Derechos Humanos Ambientales; de ellas, 24 fueron aprobados y forman parte de este segundo informe.

En él, se incluyen propuestas de artículos referidos gestión comunitaria de aguas, territorio marítimo, glaciares, estatuto constitucional antártico, ordenación territorial, espectro radioeléctrico, gasto público, creación por ley de cargas públicas, protección a consumidores, sustancias peligrosas en actividades económicas, derechos humanos ambientales, educación ambiental, y derechos de autor entre otros.

Al inicio de la instancia, los coordinadores de la Comisión de Medio Ambiente, Camila Zárate y Juan José Martín, recordaron que "el día de hoy se cierra la deliberación de las normas permanentes y tenemos la suerte como comisión de Medio Ambiente de ser quienes vamos a cerrar este debate".

"Eso nos llena de orgullo; en una comisión donde se nos hicieron las cosas bastantes complicadas y difícil, donde tuvimos que ver temas muy complejos en el ámbito económico para poder salvaguardar y proteger la naturaleza y los ecosistemas que permiten la vida", sostuvo Zárate.

Artículos a votación


Entre los artículos alusivos al agua, el pleno deberá deliberar respecto a lo establecido en el artículo 5, que señala que "El Estado deberá promover y proteger la gestión comunitaria de agua potable y saneamiento, especialmente en áreas y territorios rurales y extremos, en conformidad a la ley".

El artículo 9 protege el mar territorial y playas, a través de la figura de que éstas son "bienes comunes naturales e inapropiables", lo que implica que el Estado deberá generar para ellas una administración responsable.

También se someterá a votación el artículo 11, que establece que el Estado debe garantizar "la protección de los glaciares y del entorno glaciar, incluyendo los suelos congelados y sus funciones ecosistémicas".

El artículo 12, en tanto, apunta a la soberanía de Chile en su territorio antártico, pero establece una responsabilidad internacional del Estado, que "deberá conservar, proteger y ciudar la Antártica mediante una política fundada en el conocimiento y orientada a la investigación científica, colaboración internacional y la paz".

Otro artículo, esta vez, alusivo a los pueblo originarios es el 18, señala que "el Estado garantiza el derecho de campesinas, campesinos y pueblos originarios al libre uso e intercambio de semillas tradicionales", pues según comentó Zárate, "están en peligro".

En materia energética, el artículo 21 establece que "toda persona tiene un derecho a un mínimo vital de energía asequible y segura" y que el Estado debe "garantizar un acceso equitativo y no discriminatoria" a la energía. Asimismo, incorpora una novedad, donde el Estado deberá "regular y fomentar una matriz energética distribuida, descentralizada y diversificada, basada en energía renovables y de bajo impacto ambiental".

Un artículo adicional, suma al "espectro radioeléctrico como un bien común natural e inapropiable", donde el Estado debe evitar "la concentración en la distribución en su uso".

En tanto, el artículo 24 regula la actividad minera, planteando que "quedarán excluidos de toda actividad minera los glaciares, áreas protegidas, las que por razones de protección hidrográfica establezca la ley y las demás que ellas declare".
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