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CC despacha a borrador "Congreso de Diputadas y Diputados" y norma de acusación constitucional

El órgano constituyente continuará con la votación de las atribuciones de la Cámara de las Regiones y la regulación de organizaciones políticas

06 de Mayo de 2022 | 14:19 | Por Cecilia Román, Emol.
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El pleno de la Convención despachará este viernes el diseño final del Poder Legislativo.

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El pleno de la Convención Constitucional aprobó la regulación general del Congreso de Diputadas y Diputados y el detalle sobre el mecanismo de acusación constitucional, lo que se incluyó en el borrador de nueva Constitución.

Se consagró que el poder legislativo estará compuesto por el Congreso y la Cámara (112 votos a favor, 24 en contra y 12 abstenciones).

Sobre el Congreso de Diputadas y Diputados, se visó que "es un órgano deliberativo, paritario y plurinacional que representa al pueblo. Concurre a la formación de las leyes y ejerce las demás facultades encomendadas por la Constitución" (110-22-2).

Este Congreso estará integrado al menos por 155 miembros electos en votación directa por distritos electorales, y se determinó que una ley de acuerdo regional deberá determinar el número final de miembros, los distritos electorales y la forma de elección (107-20-3).

Las atribuciones que tendrá este Congreso serán: fiscalizar actos de gobierno (123-6-18), declarar si motivos por los que Presidente renuncia son fundados y admitirla o rechazarla (111-22-15); otorgar acuerdo para que el Presidente se ausente del país por más de 30 días (113-5-34).

En cuanto a la cantidad de representantes regionales, será un número igual por región y este no podrá ser inferior a tres, asegurando paridad (113-4-5).

La elección de los miembros de la Cámara de las Regiones se hará en votación popular conjuntamente con autoridades comunales y regionales, tres años después de la elección presidencial y del Congreso (105-8-4), y una de sus funciones será rendir cuenta a las asambleas regionales que les correspondan. En tanto, la Cámara de las Regiones no podrá fiscalizar los actos de gobierno (103-4-11).

"Un grupo importante de convencionales no votamos estos artículos porque corresponden a indicaciones antirreglamentarias. Estas materias se votaron en dos oportunidades en el pleno y en la segunda no tuvieron la mayoría suficiente y aún así la comisión las presentó en el informe", señaló Hernán Larraín Matte (Evópoli), que explicó la razón por la que Vamos por Chile no votó varios artículos.

Además, se desechó por no alcanzar suficientes votos que la elección de diputadas y diputados se realice el cuarto domingo siguiente a la elección presidencial o en conjunto con la segunda elección cuando existiera (99-11-21)

Acusación constitucional


En cuanto al mecanismo de la acusación constitucional, se aprobó que el inicio del trámite es una atribución exclusiva del Congreso de Diputadas y Diputados, que deberá declarar si han o no lugar las acusaciones por al menos 10 integrantes y no más de 20 (123-2-25).

Estas se podrán interponer contra: el Presidente, ministros (122-1-23), jueces de las Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema, y el Contralor General de la República (122-3-24); generales y almirantes de instituciones pertenecientes a las FF.AA, General Director de Carabineros de Chile, Director General de la Policía de Investigaciones de Chile (115-15-22); y gobernadores regionales y autoridad en territorios especiales e indígena (119-6-27).

Para aprobar una acusación constitucional contra un Presidente o gobernador en el Congreso se requerirá el voto de la mayoría de los diputados en ejercicio. En los demás casos, solo voto de la mayoría de los presentes (122-23-7).

La tramitación del libelo acusatorio no terminaría ahí. La Cámara de las Regiones debería pronunciarse después de ser despachado por el Congreso. No obstante, este punto se votará durante la tarde.
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