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Fiscalía no descarta presentar recurso de nulidad por los cuatro acusados absueltos de incendiar Municipalidad de Quilpué

El ente persecutor señaló "no estar de acuerdo" con el fallo decretado por el Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar, pues aseguraron que "habían pruebas contundentes de la participación de los sujetos".

04 de Noviembre de 2021 | 01:00 | Redactado por Carolina González, Emol.
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Imagen referencial de la Fiscalía Local de Quilpué, ente que rechaza el veredicto del Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar.

Poder Judicial.
Durante la tarde, se dio a conocer que el Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar absolvió a los cuatro acusados por su presunta responsabilidad en el incendio que afectó a la Municipalidad de Quilpué, en la Región de Valparaíso, en el marco del estallido social en 2019.

Frente a esto, la fiscal jefe de Quilpué, Mónica Arancibia señaló estar en desacuerdo con el veredicto del tribunal, pues argumentó que "si la fiscalía no hubiese tenido el convencimiento, de acuerdo a los elementos reunidos durante la investigación, de que los cuatro acusados tenían participación en los hechos, obviamente, no hubiésemos acusado, pero como teníamos los elementos para sostener la acusación".

Ante la resolución del tribunal, desde la fiscalía indicaron que "estamos esperando que el tribunal el día 10 dé a conocer los fundamentos de la absolución, sin perjuicio que hoy día dio cuenta de algunos, pero hay que leer con calma la sentencia y cuál fue el fundamento del tribunal que no compartimos".

Por ello, desde el ente persecutor aseguraron que "vamos a esperar a revisar y ver la aplicación de un recurso de nulidad si es procedente", ya que "para nosotros es difícil entender en esta instancia por qué, si la prueba era de contundente calidad (…) en una ocasión anterior el tribunal condenó con el mismo tipo de prueba y ahora no".

De acuerdo con la fiscal Arancibia, la absolución de los cuatro acusados de participar en el incendio de la Municipalidad de Quilpué, se basa en "cómo los jueces valoran las pruebas".

Frente a ello, Arancibia explicó que "habían dos tipos de prueba. Para dos acusados eran los testimonios de cuatro funcionarios de la CIP que practicaron la detención el día de los hechos. Ahí entendemos que puede ser un tema de la valoración de esos testimonios, por temas de cómo el tribunal valoró o no lo que dijeron los funcionarios policiales que vieron y escucharon el día de los hechos".

"Pero los otros dos acusados, que hasta ahora estaban en prisión preventiva que había sido revisada en reiteradas ocasiones, están filmados y eso es lo que para la fiscalía era una prueba contundente de su actuar. Están filmados, uno de ellos lanzando objetos encendidos (...)Y el otro acusado también está filmado lanzando una botella, de hecho reconoció que era una botella", agregó la fiscal.

A su vez, la fiscal señala que "con las mismas filmaciones está acreditado que le entrega una botella a un tercero que ingresa, y se ve una filmación desde otro ángulo que muestra cómo, una vez que ese sujeto portador de la botella ingresa al interior, se ve que el fuego ya iniciado se propaga con mayor potencia".

Si bien, sobre esto último, el tribunal señaló que no se pudo acreditar que había acelerante al interior de la municipalidad, a juicio de la fiscalía, "tanto las imágenes como las dinámicas ya señaladas daban cuenta la participación de esos dos acusados que estaban filmados en el lugar y cometiendo los actos que la fiscalía imputó".

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