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Estudio propone mantener materias sobre FF.AA. en la Constitución y exministros de Defensa y constituyentes entran al debate

Análisis de la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos afirma que es fundamental que la defensa, “en su rol de custodio de la integridad territorial, la población y la independencia política del país”, tenga espacio en la Carta Magna.

18 de Septiembre de 2021 | 06:11 | Por Gabriel Pardo, Crónica Constitucional
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Un análisis comparado sobre la presencia de las fuerzas armadas en las constituciones de distintos países realizó la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos (Anepe), para que sirviera de insumo al debate de la Convención Constitucional.

Con el trabajo de un equipo multidisciplinario —encabezado por su director, el excomandante en jefe de la FACh Jorge Robles, junto a Luis Farías, Miguel Navarro, Loreto Correa, Fulvio Queirolo y Alejandro Salas—, se consideraron los textos de las distintas constituciones en la historia de Chile.

Además, se investigaron las normativas referidas a la defensa y las fuerzas armadas de cuatro países europeos (Alemania, Francia, España y Polonia) y tres países latinoamericanos (Colombia, Venezuela y Ecuador), cuyas cartas fundamentales se derivaron de procesos constituyentes.

"Obedientes y no deliberantes"


Una de las primeras materias que plantean en el análisis es que si bien las constituciones de 1811, 1812 y 1814 tienen referencias someras a las organizaciones castrenses, es en la Constitución de 1823 cuando se establecieron normas más detalladas acerca de las fuerzas militares y se agruparon en un capítulo especial, lo que volvió a replicarse de manera similar en las de 1828 y 1833, aludiendo a sus características principales, como el hecho de ser "obedientes y no deliberantes", tratamiento que se mantuvo casi idéntico en la Constitución de 1925.

"El gran cambio —señalan— se produjo con la reforma constitucional de enero de 1971, a través del denominado Estatuto de Garantías Constitucionales aprobado por la Ley 17.398", afirma el texto. "La fuerza pública está constituida única y exclusivamente por las Fuerzas Armadas y el Cuerpo de Carabineros, instituciones esencialmente profesionales, jerarquizadas, disciplinadas, obedientes y no deliberantes. Solo en virtud de una ley podrá fijarse la dotación de estas instituciones", dice parte del citado estatuto.


Luego, señala el estudio, la Constitución del 80 definió con rango constitucional sus misiones fundamentales: "Existen para la defensa de la patria y son esenciales para la seguridad nacional".

También se contempla en ella la existencia del Consejo de Seguridad Nacional, encargado de asesorar al Presidente de la República en esas materias.

En Europa y Latinoamérica


A la hora de analizar lo sucedido en otros países cuyas cartas fundamentales se derivaron de procesos constituyentes, se afirma que en las naciones europeas (Alemania, Francia, España y Polonia) "se incluye a las fuerzas armadas en su articulado, sin dedicar capítulos específicos a las materias que las involucran. En esto hay una diferencia esencial con las constituciones de las naciones latinoamericanas, que sí dedican apartados especiales a sus instituciones de defensa".

Actualmente, dos capítulos de la Carta Fundamental de Chile, el XI y XII, aluden a la defensa. El primero respecto de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad; el segundo, sobre el Consejo de Seguridad Nacional.

En torno a las Fuerzas Armadas y Carabineros, como cuerpos armados, se señala que son "esencialmente obedientes y no deliberantes", además de "profesionales, jerarquizadas y disciplinadas". Ahí también se establece, en el artículo 103, que "ninguna persona, grupo u organización podrá poseer o tener armas", salvo en casos que establezca la ley.

Por otra parte, se señala el nombramiento de los comandantes en jefe del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea por designación del Presidente de la República de entre los cinco oficiales de mayor antigüedad.

Dicho eso, el estudio de la Anepe concluye que "resulta fundamental que la función de defensa, en su rol de custodio de la integridad territorial y de la población", tenga un espacio en la Constitución.

Por otro lado, enfatizan en que "la subordinación de las fuerzas armadas al poder político es tan importante, que resulta indispensable la mención en la Constitución de algunas normas fundamentales que permitan garantizar este principio".

Respecto del Consejo de Seguridad Nacional, en cambio, se afirma que "no ha demostrado ser efectivo ni constituir un real aporte durante toda la vigencia de la actual Constitución, para enfrentar los problemas de seguridad, se estima que debería ser reemplazado por un organismo colegiado con el rol de dar asesoría y soporte al Ejecutivo".

Escalafones


El exministro de Defensa Jorge Burgos (DC) cree que es necesario mantener disposiciones que hagan referencia directa a conceptos como la subordinación de las FF.AA. al poder civil, la exclusividad en la posesión de armas o el rol que tienen en los estados de excepción constitucional.

En la misma línea, el exministro de esa cartera Jaime Ravinet destaca que debe explicitarse en la nueva Constitución su rol en el resguardo de la soberanía e integridad territorial, no así la mantención del Consejo de Seguridad Nacional (Cosena).


"Los objetivos y el rol de las FF.AA. y su dependencia creo que están presentes en gran parte de las constituciones modernas", agrega el exministro Alberto Espina (RN), quien cree que debería, además, explicitarse su rol ante las emergencias y catástrofes que enfrenta el país.

El exministro Francisco Vidal afirma que hay un debate dentro de la izquierda, respecto de "eliminar toda referencia a las FF.AA. en la nueva Constitución, sobre terminar con el Cosena y en torno a la utilización del concepto de seguridad nacional".

En su opinión, "es clave la referencia en la Constitución a su subordinación al poder civil y su carácter de profesionales, jerarquizadas y disciplinadas. Todo lo demás es discutible".

El abogado y constituyente Roberto Celedón (ind. en cupo FRVS) enfatiza en que debe quedar explícita la obediencia y subordinación de las FF.AA. al poder constitucional, pero que deben realizarse importantes reformas a las ramas castrenses, por ejemplo, en sus escalafones.

"La iniciativa de que haya una escuela y un escalafón único en la carrera militar me parece que es muy importante. No pueden reproducirse exclusiones sociales con las que hay que terminar", dice Celedón.

En ello discrepa el constituyente y excomandante en jefe Jorge Arancibia (ind. en cupo UDI), señalando que ambos escalafones cumplen funciones distintas en materia de defensa.
Vidal plantea que se mantengan en la ley las escuelas matrices para oficiales y suboficiales ("sería como confundir las carreras profesionales con las carreras técnicas", dice), pero defiende que se profundice en los elementos de mérito para que suboficiales puedan acceder a las primeras, como ya está sucediendo.
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