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Condenan a conocida editorial a pagar $15 millones y pedir disculpas públicas por discriminar a embarazada

El tribunal además anuló el anexo de contrato que ponía fin a la relación laboral por "haber sido suscritos por la denunciante con vicio en su consentimiento, consistente en fuerza moral".

31 de Enero de 2019 | 12:09 | Por Tamara Cerna, Emol
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Referencial.

El Mercurio.
SANTIAGO.- Al pago de una indemnización de $15 millones fue condenada la Empresa Editora Zig Zag por el daño moral causado a una trabajadora embarazada, luego de que se acreditara la realización de distintos tipos de actos discriminatorios por parte de su jefatura.

Así lo estableció el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago respecto a la demanda laboral presentada por el abogado Rodrigo Garay Rojas, en representación de Ayleen Bustos García, quien tiene el cargo de representante de ventas en instituciones educativas en la Quinta Región Costa desde 2013.

$15Millones tendrá que pagar la empresa por daño moral.
Según su defensa, desde diciembre de 2017 Bustos, "ha sido objeto de actos de hostigamiento y acoso laboral", por su jefatura directa y el supervisor en terreno producto del uso de una licencia médica y feriado legal. Dicha situación se agudizó luego que, en marzo del año pasado, informara de su estado de embarazo.

Así, sostuvo, dejó de ser invitada a reuniones, recibir llamadas, correos electrónicos, visitas en terreno, hasta que en junio del año pasado fue citada por su superior a una reunión con el fin de organizar su trabajo cuando se encontrare haciendo uso de su pre y post natal, y a la cual llegó, sin ser notificada, la encargada del departamento de Recursos Humanos.

"Comienzan a hablarle en un tono bien desafiante, increpándola, señalándole que tenían antecedentes de que había cometido delitos en el ejercicio de su función, amenazándola con denunciarla sino firmaba los documentos que tenían en su poder, sin que dejaran que los revisara", señala la sentencia.

"Producto del shock", continúa, la mujer suscribió, ante notario, los papeles que consistían en un anexo de contrato de trabajo donde se daba permiso con goce de sueldo por tres meses y luego el término estipulaba el término de la relación laboral.

La defensa y condena


Consultada sobre los hechos, la empresa negó "haber incurrido en vulneración alguna de garantías fundamentales", ya que en la reunión de junio la mujer habría reconocido los hechos acusados, procediendo a firmar los documentos "sin presión alguna y en forma libre sin que existiera desde esa fecha reclamo alguno de parte de la trabajadora por dicha situación".

Ante ello el tribunal criticó que se citara con otro motivo a una reunión "con el único objetivo de imputarle irregularidades en el ejercicio de sus funciones", presentando un "documento que ponía término al vínculo laboral por mutuo acuerdo entre las partes a contar de esta última fecha sin pago alguno, a pesar de encontrarse amparada por fuero maternal".

Se agregó además que los supuestas irregularidades imputadas no fueron acreditadas por la empresa mediante una auditoría interna, sino que a partir de comentarios de distintas personas.

Por esto, "no resulta creíble" que solo ante el supuesto reconocimiento de hechos se "le haya ofrecido la posibilidad de suscribir los instrumentos contractuales".

La jueza Andrea Soler, de esta manera, declaró "que se han vulnerado sus derechos fundamentales (…) y ha sido objeto de actos de discriminación en su contra en razón de su estado de embarazo", condenando, en costas, a Zig Zag, al pago de la indemnización, además de anular los documentos que ponían término al contrato, "por haber sido suscritos por la denunciante con vicio en su consentimiento, consistente en fuerza moral, encontrándose, en consecuencia, plenamente vigente la relación laboral entre las partes".

Ordenó además a la empresa, como medida de reparación, a otorgar disculpas públicas a la trabajadora una vez reintegrada a sus funciones; además de realizar una capacitación a todos los trabajadores respecto del Procedimiento de Tutela Laboral, las garantías fundamentales de sus dependientes y de las Normas sobre Protección a la Maternidad.
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