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TC declara inconstitucional artículo que prohíbe controladores con fines de lucro en universidades

La iniciativa que forma parte de la Ley de Educación Superior, proyecto enviado en el gobierno de Bachelet, fue aprobada por ambas Cámaras, pero cuestionado por la corporación que reúne a los planteles particulares.

27 de Marzo de 2018 | 11:49 | Por Antonia Salas y Juan Peña, Emol
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El Tribunal Constitucional.

Agencia Uno
SANTIAGO.- El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional el artículo 63 de la Ley de Educación Superior, proyecto que fue enviado en el gobierno de Michelle Bachelet y que prohíbe la presencia de personas jurídicas que persigan fines de lucro en directorios de universidades particulares.

La iniciativa que regula el sistema, discutida el año pasado en el Congreso, fue aprobada en la Cámara de Diputados y el Senado.


"Con fecha 27 de marzo de 2018 el Pleno del Tribunal Constitucional ha terminado el examen preventivo de constitucionalidad del proyecto de ley sobre Educación Superior, concluyendo declarar, por mayoría de votos, la conformidad a la Constitución de la generalidad de sus disposiciones, en especial lo relativo al régimen de gratuidad de la educación superior y su financiamiento", parte diciendo el TC en un comunicado.

En el siguiente párrafo añadió: "Por otra parte, y sin perjuicio de lo anteriormente señalado, por mayoría de votos se acordó declarar la inconstitucionalidad del artículo 63 del proyecto, y del artículo 18 transitorio en relación al mismo, referidos al estatuto jurídico de los controladores de universidades".

Confirmando el acuerdo al que llegó por mayoría hoy el Tribunal Constitucional, se espera que la sentencia definitiva sea emitida a más tardar el próximo 26 de abril.

26de abril es la fecha límite para dar a conocer el fallo

En la ocasión, explicara los argumentos de fondo y de forma para declarar oficialmente inconstitucional el artículo 63 de la reforma educacional.

En medio de la decisión del requerimiento de inconstitucionalidad, el diputado de RD Giorgio Jackson explicó que durante el debate legislativo impulsamos que la prohibición se extendiera a todas las instituciones del sistema. "No lo logramos ampliar, pero este proyecto de ley al menos pone un piso mínimo", expuso el pasado 22 de marzo en su Twitter.

Esa misma jornada, publicó otro post en el que señaló: "Hay que aclarar un punto clave. Durante el debate en el Congreso, sus artículos pasaron por seis controles de secretarías técnicas independientes entre sí (tres en cada cámara), ratificando unánimemente que dicha norma se debía aprobar con mayoría simple (y no quórum calificado)".

"Por mayoría de votos se acordó declarar la inconstitucionalidad del artículo 63 del proyecto"

Fallo del TC

La decisión antes fue revelada en Twitter por el senador PPD Felipe Harboe: "Me informan que el TC declaró inconstitucional prohibición del lucro en controladores de educación superior Presidente Sebastián Piñera si quiere acuerdos partamos por reformar el TC y evitar siga afectando las instituciones democráticas".

El TC se pronunció no porque Chile Vamos recurriera a él, sino por un requerimiento de inconstitucionalidad que presentó Pilar Armanet, cuestionada militante PPD que preside la Corporación de Universidades el 26 de enero pasado.
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