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Senado aprueba modificación de polémica norma que penaliza filtraciones en investigaciones

La Cámara Alta ratificó una nueva redacción para el artículo cuestionado por sus eventuales restricciones a los medios de comunicación y la forma en que fue tramitado.

05 de Abril de 2016 | 17:39 | Emol
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El Mercurio / Archivo
SANTIAGO.- Por 29 votos a favor, la Sala del Senado aprobó la propuesta de la comisión de Constitución que modifica la polémica norma que penaliza las filtraciones en las investigaciones judiciales.

De esta forma, la Cámara Alta ratificó una nueva redacción para el artículo cuestionado -que es parte de la agenda cortaantidelincuencia-, por sus eventuales restricciones a los medios de comunicación y por la forma en que fue tramitado en la corporación.

La nueva fórmula que surgió ayer tras un extenso debate entre los parlamentarios de la comisión de Constitución y donde participó el fiscal nacional, Jorge Abbott y la ministra de la Justicia, Javiera Blanco.

Ayer el propio presidente de la comisión de Constitución, Pedro Araya, había aclarado que la fórmula establece que estarán obligados a guardar secreto de la investigación tres categorías de sujetos: primero, los funcionarios públicos como el fiscal, el defensor público y las policías; un segundo grupo son los intervinientes, vale decir, el querellantes, la víctima y el abogado particular; y un tercer grupo, aquellas personas que tienen que cumplir alguna resolución judicial ordenada por el Ministerio Público o por el tribunal.

La nueva redacción de la norma


La nueva redacción señala ahora que "los funcionarios públicos que hubieren participado en una actuación de la investigación, los peritos, y las personas que accedan a la investigación en virtud de una diligencia ordenada por el Ministerio Público, o una orden de un tribunal, estarán obligados a guardar secreto de las mismas".

Además, se agrega que a dicha obligación estarán sujetos también "los intervinientes que señala el artículo 12 respecto de las diligencias de la investigación a las que hayan tenido acceso".

Con ello, se estipula que las personas señaladas anteriormente que "infrinjan el deber de guardar secreto serán sancionadas con la pena de multa de veinte a doscientas unidades tributarias mensuales o presidio menor en su grado mínimo".

Intenso debate en Sala


Al explicar la norma hoy en la Sala, el senador Araya expresó que "entendemos y que con justa razón algún periodista pudo haber interpretado que esta norma alcanzaba a la prensa, cosa que no es así porque nunca fue motivo de discusión en la comisión". Y agregó que hoy la solución propuesta es precisar quiénes son los que están sujetos a guardar secreto.

Por su parte, el ministro del Interior, Jorge Burgos, manifestó que en el texto original, nunca estuvo en quienes participaron en su redacción afectar a "terceros intervinientes". A su juicio, la modificación introducida "soluciona los eventuales problemas interpretativos que algún creían tenía al primera norma".

A pesar de los cambios hechos, los senadores independientes Antonio Horvath y Alejandro Guillier y de Amplitud, Lily Pérez, no quedaron conformes con la nueva redacción.
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