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Transporte escolar: Conoce todo lo que debes exigir a conductores y vehículos

Tanto los conductores como los vehículos deben seguir una serie de exigencias impuestas por el Ministerio de Transportes. De no cumplirlas, se arriesgan a fuertes multas.

26 de Febrero de 2018 | 12:25 | Emol
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El Mercurio
SANTIAGO.- Más de 11 mil estudiantes de la Región Metropolitana regresaron a clases este lunes 26 de febrero en un retorno que también marca la circulación del transporte escolar por las calles capitalinas. De ahí la importancia de conocer los requisitos exigidos a conductores y este tipo de vehículos, como su color amarillo o el tradicional letrero con la leyenda “escolares” en su techo.


Según información de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), tanto el conductor como el vehículo deben estar inscritos en el Registro Nacional de Transporte Escolar. Asimismo, el chofer debe “portar una tarjeta identificadora con sus datos personales y poseer licencia profesional Clase A1 (antigua) o A3”.

Además, es necesario estar en conocimiento si el conductor está habilitado para trabajar con menores de edad y para conocer esa información se puede ingresar al sitio del Registro Civil.

Los requisitos a los vehículos


Dentro de las exigencias a los vehículos destaca que éste debe ser amarillo y portar un letrero triangular en el techo con la palabra “escolares”. En este punto se exceptúan los minibuses, los cuales pueden ser blancos.

Los vehículos que pueden ser utilizados para transportar estudiantes son los furgones y minibuses respectivamente inscritos en el Registro Nacional de Transporte Escolar.

También deben contar con una luz estroboscópica de seguridad o cinta retro reflectante para permitir mayor visibilidad del resto de los conductores en las calles. El vehículo además debe tener ventanas a ambos lados.

Al igual que los autos particulares, el transporte escolar debe exhibir toda su documentación vigente. Esto quiere decir la revisión técnica, análisis de gases, permiso de circulación y seguro obligatorio. En la misma revisión técnica debe indicar la capacidad de pasajeros que dispone la máquina.

En cuanto a la antigüedad máxima para los vehículos de menos de 3.860 PBV (Peso Bruto Vehicular), ésta no puede superar los 14 años.

Conaset también informa que “si el vehículo tiene año de fabricación 2007 en adelante, debe contar con cinturón de seguridad en todos los asientos”. De la misma manera se prohíbe el traslado de menores de ocho años en los asientos delanteros.

Por otro lado, los vehículos deben ser de una cilindrada igual o superior a 1.400 cc y los asientos deben estar dispuestos hacia adelante y ser de 30 centímetros de ancho con respaldo de mínimo 35 centímetros de altura.

Si un vehículo opera como transporte escolar sin cumplir con estos requisitos, la ley lo considera como una infracción gravísima y se sanciona con una multa de 1,5 a 3 UTM y entre cinco a 45 días de suspensión de la licencia de conducir.

¿Qué pasa con las sillas para niños?



Desde el año pasado está vigente la ley que indica que los niños de 0 a 9 años (o de una estatura de 135 centímetros y 33 kilos) deben ir sentados en un vehículos de pasajeros con algún sistema de retención infantil (SRI) apropiado, según su edad, talla y peso.

Sin embargo, el transporte escolar queda fuera de esto debido a que “tienen muchas más regulaciones, revisiones y normativas exigibles por el Ministerio de Transportes. Su seguridad es alta, y ello se suma a que sus conductores tienen licencia profesional”, explicó en su momento Paula Flores, jefa del Programa de Fiscalización del Ministerio.
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